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Los fondos se
pueden definir como instituciones de inversión colectiva, no
financieras, cuyo objetivo es la captación pública de fondos que
se destinarán a la compra de inmuebles para su explotación en
alquiler.
CARACTERÍSTICAS
- La
actividad principal será la captación de capitales para la
inversión en inmuebles de naturaleza urbana.
- Los
ingresos procederán de los alquileres cobrados.
- Está
prohibida la dedicación a la promoción inmobiliaria.
- Se
admite la rehabilitación de inmuebles, siempre que no
superen el 20% del activo y las obras sean contratadas por
un tercero.
- Se
admite la venta de inmuebles a partir de los 4 años.
¿CUÁNDO PODRÁN
LIQUIDARSE LOS FONDOS?
a) Cuando haya
transcurrido el plazo previsto.
b) Si existe
acuerdo entre la gestora y el depositario.
c) En los
supuestos de liquidación que la ley exige o los indicados en el
reglamento.
¿QUÉ
CARACTERISTICAS SON LAS MAS IMPORTANTES?
-
Seguridad.
-
Inversiones a largo plazo.
-
Carácter no especulativo.
-
Diversificación de las inversiones.
-
Transparencia informativa.
-
Liquidez.
- Control
oficial.
CLASES DE FONDO DE
INVERSIÓN INMOBILIARIA EN FUNCIÓN DE LA DISPONIBILIDAD
- Los
fondos ABIERTOS son aquellos cuyo patrimonio está en
constante transformación, aumentando o disminuyendo a medida
que se suscriben nuevas participaciones o por la retirada de
los partícipes antiguos.
Es
necesario tener una disponibilidad para poder hacer frente a los
posibles reembolsos que se puedan producir.
- Los
fondos CERRADOS son aquellos en los que los socios no tienen
derecho al reembolso, salvo que encuentren otro socio que
adquiera sus participaciones.
En este
caso existe una falta de liquidez que debe tenerse en cuenta a
la hora de hacer las inversiones, para evitar problemas
innecesarios.
FISCALIDAD DE LOS
FONDOS DE INVERSIÓN INMOBILIARIA
La fiscalidad de
los FONDOS varía dependiendo de la modalidad de inmuebles en los
que se invierte.
Cuando el
patrimonio está invertido exclusivamente en viviendas y cuando
el fondo es mixto, en el que al menos está invertido el 50 % en
viviendas, se aplicará un gravamen del 1 % en el Impuesto sobre
Sociedades.
En el caso de
fondos libres en los que no se cumplan las condiciones
anteriores el resultado tributará al tipo general del 35%, en el
Impuesto sobre Sociedades.
¿CÓMO SE
CONSTITUYEN?
1. - Se deberá
autorizar el proyecto por el Ministerio de Economía y Hacienda.
2. - Se realizará
una escritura de constitución del fondo otorgada por la sociedad
gestora y depositaria, siendo necesaria su inscripción en el
Registro Mercantil.
3. - Necesidad de
inscribir el fondo en el Registro de la Comisión Nacional del
Mercado de Valores.
4. - Precederá
al nombre asignado al fondo la expresión de "Fondo de Inversión
Inmobiliaria" (FII).
5. - Es
obligatorio que los fondos y su administración general estén
domiciliados en España.
¿QUIÉN SE ENCARGA
DEL CONTROL DE ESTOS FONDOS?
El CONTROL e
inspección de los fondos de inversión inmobiliaria y de las
sociedades gestoras se realizará por parte de la COMISIÓN
NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES.
TIPOS DE FONDOS DE
INVERSIÓN INMOBILIARIA EN FUNCIÓN DE SU INVERSIÓN
- Fondos
de viviendas, que invierten el total del patrimonio en este
tipo de bienes.
- Fondos
mixtos, en los que al menos el 50 % se invierte en vivienda,
y el resto en otros inmuebles.
- Fondos
de inversión libres, que invierten en cualquier inmueble.
LA SOCIEDAD
GESTORA
La sociedad
gestora es la responsable de efectuar las inversiones de las
aportaciones efectuadas por los partícipes.
Las funciones
principales son:
-
Gestionar las inversiones.
-
Efectuar la inversión inmobiliaria.
-
Conseguir las autorizaciones necesarias.
- Captar
partícipes para disponer de los recursos necesarios.
-
Seleccionar los inmuebles idóneos para la inversión.
-
Mantenimiento de los inmuebles.
-
Facilitar información permanente a los participes.
LA ENTIDAD
DEPOSITARIA
La entidad
depositaría deberá supervisar y vigilar la actuación de
la gestora, para
evitar posibles fraudes que se pudieran producir.
Como principales
gestiones que tiene que realizar, figuran:
-
Cumplimentar las suscripciones.
-
Supervisar a la entidad gestora.
-
Realizar los reembolsos ordenados.
-
Comprobar que no se realicen compraventas entre entidades
del mismo grupo.
- Exigir
la tasación de los inmuebles.
- Revisar
que se cumplan las reglas de inversión marcadas.
-
Supervisar las adquisiciones y enajenaciones de los
inmuebles.
-
Notificar cualquier anomalía a la Comisión Nacional del
Mercado de Valores.
disponemos de cuestionarios específicos
para solicitar información de fondos de inversión mobiliaria o
inmobiliaria
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